Bases Reguladoras de la Convocatoria Ayudas “Impulso Deportivo” AMC
1. Objeto de la Convocatoria y Líneas de Apoyo
La Asociación de Artrogriposis Múltiple Congénita (AMC) establece la convocatoria de ayudas “Impulso Deportivo”, una iniciativa dirigida a fomentar y respaldar la práctica deportiva de competición entre sus personas asociadas. La convocatoria se estructura en dos líneas de apoyo con periodos de actividad diferenciados:
Línea Principal (Impulso Deportivo AMC 2026): Orientada a la práctica deportiva durante el ejercicio 2026.
Línea Excepcional (Impulso Deportivo AMC 2025): Línea adicional para cubrir gastos de socios con actividad deportiva completa en el ejercicio 2025.
El objetivo común es incentivar el deporte en personas con diagnóstico de Artrogriposis Múltiple Congénita, potenciando la superación personal inherente al entrenamiento y la participación competitiva.
2. Justificación: Beneficios de la Competición Deportiva
Categoría
Beneficios Específicos
Físicos
Mejora de la fuerza, la resistencia y el equilibrio; optimización de las capacidades funcionales; perfeccionamiento de la técnica deportiva y prevención de lesiones.
Psicológicos
Incremento de la autoestima y la confianza personal; desarrollo de la resiliencia mental; aportación de motivación y sentido de propósito.
Sociales
Fomento de la integración y el sentido de pertenencia; ruptura de estereotipos y aumento de la visibilidad social; inspiración a otras personas con discapacidad.
Cognitivos
Potenciación de la concentración y la capacidad de toma de decisiones; estimulación de la neuroplasticidad y el aprendizaje motor.
Conclusión: El entrenamiento competitivo impulsa la salud integral, la superación personal y la inclusión social de los deportistas.
3. Gastos Subvencionables (Aplicable a Ambas Líneas)
Las ayudas podrán cubrir, total o parcialmente, los siguientes gastos incurridos por el deportista en el marco de su participación en competiciones, siempre y cuando esté federado en el periodo en el que se incurre en el gasto:
Inscripciones: Tasas de inscripción a competiciones o eventos deportivos.
Cuotas Federativas y de Club: Cuotas de clubes federados, gimnasios o escuelas deportivas adaptadas, así como la cuota federativa anual requerida.
Logística y Desplazamiento: Gastos de desplazamiento y alojamiento para el deportista y su auxiliar deportivo (si es necesario), vinculados a la participación en competiciones.
Material: Adquisición de material deportivo adaptado o específico para la participación competitiva.
Entrenamiento: Coste de sesiones de entrenamiento personal o técnico deportivo especializado.
Salud Deportiva: Revisión médica, pruebas de esfuerzo, asesoramiento en nutrición deportiva, y sesiones de fisioterapia directamente relacionadas con la preparación o recuperación física por la actividad deportiva.
4. Línea Principal: “Impulso Deportivo” AMC 2026
4.1. Financiación y Periodo de Actividad
Fondo Asignado: 6.000€ (seis mil euros).
Actividad Justificable: Realizada en el marco de la participación en competiciones durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
4.2. Requisitos Específicos
A los requisitos generales (sección 6), el solicitante debe añadir:
Acreditar actividad deportiva en el marco de la participación en competiciones durante el periodo 01/01/2026 al 31/12/2026.
5. Línea Excepcional: “Impulso Deportivo” AMC 2025
5.1. Financiación y Periodo de Actividad
Fondo Adicional Asignado: 3.000€ (tres mil euros).
Actividad Justificable: Orientada a cubrir gastos deportivos generados por la actividad de competición realizada durante la totalidad del año 2025 (desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025).
5.2. Requisitos Específicos
A los requisitos generales (sección 6), el solicitante debe añadir:
Acreditar haber realizado actividad deportiva en el marco de la participación en competiciones durante la totalidad del año 2025 (01/01/2025 al 31/12/2025).
La justificación de gastos para esta línea debe corresponder al ejercicio 2025.
6. Requisitos Generales de Elegibilidad (Comunes a Ambas Líneas)
Podrán presentar su solicitud quienes cumplan los siguientes criterios obligatorios:
Condición de Socio: Ser socio/a de la Asociación de Artrogriposis Múltiple Congénita de España, con una antigüedad mínima de un (1) año y estar al corriente del pago de la cuota anual del año en el que solicita la ayuda. En el caso de que el recibo de la cuota anual haya sido devuelto, no podrá participar en esta iniciativa.
Diagnóstico: Poseer diagnóstico de Artrogriposis Múltiple Congénita.
Federación: Estar federado con licencia vigente en la Federación deportiva correspondiente en el periodo de la actividad.
Incompatibilidad: La ayuda solicitada no podrá estar financiada total o parcialmente por otra iniciativa pública y/o privada para el mismo concepto.
7. Gestión, Liquidación y Compromisos
7.1. Asignación, Justificación y Declaración Responsable
Asignación: El importe asignado dependerá del número de solicitudes recibidas y de la valoración individual, priorizando la equidad.
Límite: El importe concedido no podrá superar el total de los gastos debidamente justificados.
Justificación: Se deberá presentar factura y comprobante de pago a nombre del beneficiario (o del tutor legal en el caso de menores de edad).
Declaración Responsable: El solicitante deberá firmar una declaración responsable sobre la veracidad de la documentación presentada y de no haber percibido (ni percibirá) cantidad alguna para financiar total o parcialmente los mismos gastos subvencionables por esta ayuda.
7.2. Restricciones y Exclusiones
No se cubrirán gastos de actividades meramente recreativas o sin relación directa con el desarrollo o mantenimiento de la práctica deportiva orientada a la competición.
La ayuda “Impulso Deportivo AMC” no es acumulable a otras ayudas de la AMC para la misma actividad.
Los gastos que sean sufragados por la federación u otra entidad no serán objeto de esta ayuda.
La devolución del recibo de la cuota anual supondrá la cancelación del abono de la ayuda y la inhabilitación para solicitarla en futuras convocatorias.
7.3. Compromisos de Difusión del Beneficiario
Las personas beneficiarias se comprometen formalmente a:
Incluir el logo de la Asociación en su equipación deportiva, si es factible.
Mencionar a la Asociación en todas sus publicaciones deportivas en redes sociales, con obligación de realizar publicaciones específicas en las fechas de participación en torneos y competiciones.
Permitir a la AMC la publicación de su nombre, disciplina deportiva y cuantía de la ayuda percibida en sus canales de comunicación.
8. Conflicto de intereses
Con el fin de garantizar los principios de objetividad, imparcialidad, transparencia y equidad en la concesión de las presentes ayudas, no podrán tener la condición de personas beneficiarias aquellas personas físicas que hayan participado directamente en la elaboración, redacción, revisión o definición de las presentes bases reguladoras, de la convocatoria o de la documentación asociada a la misma.
Esta exclusión será de aplicación desde el 02 de agosto de 2025, fecha de inicio de los trabajos de redacción de las presentes bases, hasta el 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive, con independencia del grado de participación o de la naturaleza de dicha colaboración.
A estos efectos, se considerará participación tanto la intervención técnica como la asesoría, coordinación, validación de contenidos o cualquier otra actuación que pudiera suponer una posición de ventaja o influencia en relación con la convocatoria.
Las personas solicitantes deberán declarar expresamente, bajo su responsabilidad, no encontrarse incursas en esta causa de incompatibilidad, reservándose la entidad convocante el derecho a comprobar la veracidad de la información facilitada y a excluir o revocar la ayuda concedida en caso de detectarse el incumplimiento de la presente cláusula.
8. Documentación y Calendario
Documentación Requerida
Para formalizar la solicitud, el interesado deberá presentar:
Formulario de solicitud completado a través de nuestra página web.
Memoria Justificativa (1-2 páginas) que debe detallar:
Copia de la licencia federativa (o certificado federativo) en vigor.
Tipo de actividad deportiva, antigüedad en la práctica y en la competición.
Objetivos personales y deportivos alcanzados o en proceso.
Impacto previsto de la ayuda en su desarrollo deportivo.
Descripción y estimación de los gastos estimados inherentes a esta actividad (correspondiendo al periodo 2026 y/o 2025, según la línea solicitada).
Una vez aprobada, el deportista deberá conservar las facturas y justificantes de pago para la posterior liquidación.
Calendario de la Convocatoria Patrocinio Deportivo
Concepto
Periodo
Presentación de Solicitudes
Línea 2025: Del 01 de enero al 31 de enero de 2026.
Línea 2026: Del 01 de enero al 15 de diciembre de 2026
Presentación de Liquidación de Gastos
Línea 2025: Desde su aprobación hasta el 15 de febrero de 2026
Línea 2026: Del 01 de diciembre de 2026 al 15 de enero de 2027
Plazo de Abono
Línea 2025: A partir del 1 de marzo de 2026
Línea 2026: A partir del 16 de enero de 2027